Elecciones sindicales Inditex

Elecciones sindicales Inditex

Los próximos días 30 de septiembre y 1 y 2 de octubre los compañeros y compañeras de Plataforma Europa elegiremos por votación al nuevo Comité de Empresa.

Desde la candidatura de OSTA en Plataforma Europa os pedimos vuestro apoyo para las votaciones.

Nuestras propuestas y reivindicaciones han quedado claras en una campaña que hemos pretendido que sea diferente, a la vez que hemos dejado patente cuales van a ser nuestros posicionamientos en los próximos cuatro años.

La reducción de jornada, aumentar el descanso semanal, mejoras en el cuarto turno, más contratación indefinida y la mochila maña como núcleo central de negociación para el próximo mandato. OSTA defenderá todo esto con firmeza y transparencia con el único objetivo de mejorar las condiciones laborales de la plantilla de Plataforma Europa.

Aprobada la regulación sobre el Teletrabajo

Aprobada la regulación sobre el Teletrabajo

Desde OSTA entendemos que este RD una vez más llega tarde, siendo uno de los pocos estados de la Unión Europea que no tenía regulado estas modalidades de trabajo.

El texto aprobado concreta poco, limitando a los y las trabajadoras, que, para poder acogerse a los beneficios de este RD, tendrán que trabajar el 30% de su jornada en estas modalidades en un periodo de tres meses.

A esto podemos añadir que no se concreta como se compensaran los gastos, lo que supondrá que entre la voluntariedad para poder acogerse y la falta de concreción en muchas materias, este RD volverá a ser papel mojado, o lo que es lo mismo, un cheque en blanco para la patronal.

El Real Decreto Ley, define los conceptos de trabajo a distancia, teletrabajo y trabajo presencial y estable las condiciones que han de cumplirse para que el trabajador o trabajadora sea considerado por la empresa en situación de teletrabajo o trabajo a distancia.

Este decreto define los conceptos de trabajo a distancia, teletrabajo y trabajo presencial.

Así mismo, el texto aprobado por el Consejo de Ministros, establece que, a través de un periodo de referencia de tres meses, se considera a el trabajador o trabajadora en situación de trabajo a distancia, cumpliendo un mínimo del treinta por ciento de la jornada, o en su defecto la parte proporcional equivalente en función de la duración de su contrato. En caso de menores, contratos en practicas y para la formación y el aprendizaje, se limita al cincuenta por ciento de la jornada.

Las personas que desarrollan el teletrabajo o el trabajo a distancia, tendrán los mismos derechos que las personas que desarrollen su actividad profesional de forma presencial, además no podrán sufrir ningún tipo de perjuicio por este hecho.

No podrán ser impuestos de forma unilateral, y para ello ha de existir un acuerdo voluntario entre el trabajador o trabajadora y la parte empresarial, formalizándose el acuerdo por escrito antes de iniciar la actividad profesional a distancia, formalizándose en el plazo de tres meses desde la publicación del Real Decreto Ley.

La empresa deberá informar a la RLT de todos los acuerdos a los que llegue esta con el personal de la empresa, debiendo en un plazo no superior a diez días entregar una copia para la posterior firma con la representación legal, a efectos de acreditación, para posteriormente entregarlo en la oficina de empleo.

Dicho acuerdo entre empresa y trabajador o trabajadora, deberá contener una serie de aspectos como un inventario de medios, gastos que puede provocar el teletrabajo, horario de la persona, así como su distribución, entre otras.

Estos acuerdos, podrán ser revisables por ambas partes, y tendrán que ser puestos en conocimiento de la RLT, además los convenios colectivos o pactos, podrán establecer los mecanismos y criterios por los que se desarrollara el teletrabajo en una empresa o sector.

Dicho decreto, establece que la empresa se hará cargos de gastos como los medios, los equipos o las herramientas vinculada con la actividad laboral, según establezca la negociación colectiva o el acuerdo con la empresa.

Además, el trabajador o trabajadora tendrá derecho a la flexibilizar el horario, así como del registro horario, que incluirá el inicio de la jornada como la finalización de esta.

Las empresas podrán establecer medidas de control para que los trabajadores y trabajadoras en situación de teletrabajo, cumplan con sus funciones, pero estas deberán ser garantes de la dignidad del trabajador o trabajadora.

Suplantan la identidad de la Sección Sindical de OSTA en Adient Automotive (Alagón)

Suplantan la identidad de la Sección Sindical de OSTA en Adient Automotive (Alagón)

Ha llegado a nuestro conocimiento la difusión de un comunicado, por vía Whatsapp, en nombre de nuestra Sección Sindical de OSTA en Adient Automotive Alagón, donde informaba de la petición de cierre de la planta por causa de contagios derivados del COVID-19.

Esta información es ROTUNDAMENTE FALSA y jamás ha salido de ninguna de nuestras cuentas de WhatsApp con las que informamos a nuestros afiliados/as y plantilla.

Desde OSTA entendemos que se ha pretendido suplantar nuestra identidad, creando y difundiendo este BULO, lo que podría suponer un delito grave.

La Ejecutiva del sindicato va a poner en conocimiento del departamento jurídico esta situación, por si existen fundamentos para iniciar las acciones legales pertinentes para esclarecer los hechos y tomar las medidas que estimemos oportunas contra la persona o personas que han realizado esta acción tan desdeñable.

Expresar nuestra mayor repulsa a estos hechos, ya que en la situación que estamos viviendo de emergencia sanitaria derivada por el COVID-19, consideramos inaceptable este tipo de actuaciones, así como un acto de total irresponsabilidad el cual solamente genera confusión, incertidumbre y malestar para todas las personas trabajadoras de la empresa como sus familiares.

El Comité de Adient Seating Spain SL, gana el juicio sobre la imposición de sus vacaciones.

El Comité de Adient Seating Spain SL, gana el juicio sobre la imposición de sus vacaciones.

La  sentencia del juzgado de lo social Número 3 de Zaragoza,  ha dado la razón al Comité de empresa de Adient seating , situada en el Polígono el pradillo (Pedrola), en su demanda interpuesta sobre los 4 días de vacaciones que la empresa impuso  unilateralmente a sus trabajadores incumpliendo su convenio colectivo.

La Sección Sindical de OSTA, impulsó y apoyó desde el primer momento la opción de denunciar el incumplimiento de nuestro convenio colectivo en la forma y los plazos de preaviso de nuestras vacaciones.

Para nuestra sección sindical está victoria conseguida en los tribunales, es una victoria de todos los trabajadores y trabajadoras de nuestra empresa, que al igual que nosotros, demuestran defender sus derechos e intereses hasta el final.

Por último, queremos aprovechar estas palabras para agradecer a toda la plantilla, el apoyo que nos habéis dado ante esta situación, y queremos que sepáis que cualquier incumplimiento que se promueva por parte de la empresa sea de nuestro convenio colectivo o en cualquier otro ámbito fuera de la ley, confrontará con la defensa de los intereses de nuestra sección sindical, que nos son otros que la mejora y el mantenimiento de nuestras condiciones laborales en Adient seating.

Desde el sindicato OSTA, queremos mostrar nuestra satisfacción ante esta favorable resolución judicial.

OSTA no secundará la huelga prevista para el 4 de junio en Lidl

OSTA no secundará la huelga prevista para el 4 de junio en Lidl

La Sección Sindical de OSTA en Lidl, ante la convocatoria de huelga realizada por los sindicatos estatales queremos hacer constar las siguientes consideraciones:

A los y las trabajadoras de Lidl no sobran los motivos para hacer una huelga. Las deficiencias medidas de seguridad, dejar a los centros sin vigilancia, aumentar las cargas diarias de trabajo y otras muchas deficiencias que los y las delegadas de OSTA llevamos denunciando desde hace tiempo.

Desde que se firmó el Convenio colectivo de Lidl a nivel Estatal, desde OSTA hemos venido denunciando la precarización diaria de nuestro puesto de trabajo, los problemas diarios que antes se resolvían con cada Comité se externalizan y llevan por parte de la empresa a más de 300 kilómetros.

Se está demostrando que sindicatos autonómicos como ELA consigue mejores acuerdos que los sindicatos estatales y cuál es el motivo, la negociación de las condiciones laborales se hace codo a codo, cara a cara, y no se intenta resolver por unas personas que no entienden lo que sucede en Aragón, País Vasco o cualquier otro territorio.

Está demostrado que, dónde la negociación colectiva es cercana, se consiguen mejoras laborales y que cuanto más se aleja la negociación de los centros de trabajo se produce mayor precarización y peores condiciones laborales.

Que no os engañen, NO existen trabajadores de primera o de segunda, todas las mejoras que se consiguen se hacen negociando en el centro de trabajo, solucionando los problemas que los “sindicatos estatales” no han conseguido resolver con un Convenio Estatal, que lo único que ha traído ha sido precarización, salarios más bajos y peores condiciones.

Nos sobran los motivos para ir a la huelga como ya hemos comentado, pero OSTA sólo se sumará a la Huelga si antes del día 4 de junio, ambos sindicatos se comprometen a negociar un convenio a nivel autonómico, que regule las relaciones laborales de los y las trabajadoras de Aragón y así consigamos que no se desvirtúe la negociación colectiva como quiere la patronal y algunos sindicatos, trasladando lo diario a mesas de negociación con muchas personas pero que aporta pocas soluciones.