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El pasado día 13 de agosto, ABAI BUSINESS SOLUTIONS, SAU (antigua Extel), empresa dedicada al sector del Contact Center en el que prestan servicios alrededor de 375 personas, la mayoría de ellas mujeres con jornadas parciales, notificó a la representación legal de los trabajadores su intención de realizar una modificación sustancial de las condiciones de trabajo que afectará a 27 personas.
La empresa, según el escrito aportado a la Representación Legal de los trabajadores, alega la existencia de causas productivas y organizativas, que obligan a la aplicación de esta medida, que tras la documentación aportada, desde OSTA creemos que no está justificada.
Una vez constituida la mesa negociadora, se fijo el calendario de reuniones, las cuales tendrán lugar los días 25, 28 de agosto y 1 de septiembre.
En la primera reunión se nos comunico que en el mes de Junio, ABAI consiguió nuevo contrato de trabajo con una empresa en Madrid, el cual se ha podido ampliar a Zaragoza.
Es por ello, que según la empresa que existe una necesidad organizativa de modificación sustancial, ya que se precisa de una atención presencial en las oficinas de ABAI en horario de 10:00 a 20:00, de lunes a sábado, incluyendo los festivos locales y autonómicos, además de presencialidad en el centro de trabajo, por lo que no podrían teletrabajar, todo lo cual no es compatible con las condiciones actuales que tiene la plantilla de Zaragoza.
En la segunda reunión mantenida en el día de hoy, la falta de información ha vuelto a ser una de las protagonistas, ya que de momento, y tal y cómo se ha vuelto a solicitar a la empresa, todavía ésta no ha entregado la memoria técnica que justifique la medida que pretenden aplicar.
Desde la Sección Sindical de OSTA se ha hecho saber a la empresa que existen alternativas antes que una modificación sustancial de horarios y teletrabajo, que solo va a ir en contra de la conciliación de las personas afectadas, ya que según la poco información aportada, en ningún caso se indica que el cliente solicite presencialidad en la plataforma, ni se pide un perfil específico para el desempeño de la labor, por lo que la voluntariedad debería estar encima de la mesa.
La empresa ha vuelto ha comprometerse a entregar en la próxima reunión la información solicitada, esperemos que esta vez sin los errores encontrados, y con una propuesta de modificación en firme.
La anunciada modificación sustancial de las condiciones de trabajo que pretende aplicar la empresa, es una manera de empeorar más si cabe, las condiciones laborales de la plantilla, que se rige por un convenio estatal ya de por si muy precario.
Por todo ello, desde el sindicato junto con el resto de Secciones sindicales sentadas en la mesa de negociación, ha convocado el día 1 de septiembre una huelga de 24 horas, así como concentración en las puertas de la empresa a las 9:00 horas .
Aquí podéis leer Newsletter del mes de Julio, donde podréis tener la información de todas las noticias, conflictos , negociaciones en las que participa el sindicato.
En este número hablamos del juicio ganado en el Transporte de Huesca por el pago de las horas festivas, que la Inspección de Trabajo nos da la razón en el Hospital Miguel Servet, así como los cambios en los permisos de conciliación entre otros asuntos.
Aquí podéis ver podéis ver o descargaros el NEWSLETTER del mes de JULIO
Con el último fallecimiento y desde el mes de enero de 2025, han muerto en accidente laboral un total de 22 personas en Aragón, siendo especialmente fatídico este mes de julio con 6 fallecidos.
Los datos de 2025 ponen de manifiesto que no se están poniendo los medios necesarios, ni por parte de la administración pública ni por las empresas para atajar y cortar esta lacra que es la accidentabilidad y la muerte en el puesto de trabajo.
Las cifras de personas fallecidas por accidente de trabajo en Aragón son inasumibles para una sociedad en pleno siglo XXI. Es necesario poner en marcha medidas urgentes para acabar con la accidentabilidad.
Desde OSTA seguimos defendiendo que la prevención debe ocupar un lugar principal y central en las relaciones laborales; la normativa de prevención se debe cumplir en todos los sectores y que, con la llegada de la época de verano, se debe poner énfasis en sectores como por ejemplo la agricultura para evitar que una persona muera en el puesto de trabajo.
¿Qué debemos hacer cómo Sindicato? Tenemos que seguir luchando para cambiar las cosas y así disminuir y evitar los accidentes de trabajo; tenemos que denunciar ante la administración los incumplimientos en materia preventiva y ser exigentes en las empresas para que se cumpla la normativa.
Por todo ello, los y las delegadas de OSTA nos concentraremos el próximo día 4 de agosto a las 12:00 en la Plaza Mayor, frente a la sede de OSTA, para reivindicar “No más accidentes de trabajo, no más muertes por accidentes laborales”. Es hora de avanzar en una política de prevención que salve vidas.
Concentración NO MÁS MUERTES EN EL TRABAJO.
Día: 04 de agosto de 2025
Lugar: Plaza Mayo de San José (frente a la sede de OSTA)
El BOE publica el 30 de julio, el Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio que modificación del permiso de nacimiento que pasa de 16 a 19 semanas retribuidas, así como aumentar a 32 este permiso para familias monoparentales.
Este Real Decreto establece la regulación del uso de estas semanas de la siguiente manera:
Nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento:
6 semanas de forma ininterrumpida tras el nacimiento.
11 semanas hasta que el menor cumpla 1 año.
2 semanas hasta que el menor cumpla 8 años. (estas 2 semanas son solo para los progenitores de menores nacidos o adoptados desde agosto de 2024, pudiendo hacer uso de su disfrute a partir de enero de 2026).
Para familias monoparentales queda establecido que:
6 semanas de forma ininterrumpida tras el nacimiento.
22 semanas hasta que el menor cumpla 1 año.
4 semanas hasta que el menor cumpla 8 años. (estas 4 semanas son solo para los progenitores de menores nacidos o adoptados desde agosto de 2024, pudiendo hacer uso de su disfrute a partir de enero de 2026).
El plazo para la convalidación de un Real Decreto-ley por el Congreso de los Diputados es de 30 días a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Estado (BOE). Durante este periodo, el Congreso debe decidir si convalida o deroga el decreto-ley.
Este permiso es independiente del permiso parental que regula el artículo 48bis del Estatuto de los Trabajadores, que regula un permiso parental no retribuido de hasta 8 semanas hasta que los menores tengan 8 años.
Desde OSTA valoramos positivamente todas las medidas que mejoren la conciliación de las personas trabajadoras.
Desde el Sector de la Discapacidad de OSTA hemos realizado un análisis de la evolución de los salarios de sus trabajadores y trabajadoras, y queremos manifestar nuestra preocupación ante la evolución salarial registrada en el sector entre 2019 y 2025.
Se ha tenido en cuenta para el análisis de la evolución las tablas salariales del Convenio de aplicación (XVI Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad), los incrementos del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), y su relación con la carestía de vida y la inflación, y nos muestra los siguientes resultados.
Aunque algunos grupos, como el de operarios, han tenido un incremento del 35,69%, que les permite superar la inflación acumulada en Aragón (21,80%), es importante señalar que este aumento se debe principalmente a la actualización del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) durante estos años, del cual dependen sus salarios base. No se trata de una mejora estructural ni fruto de la negociación colectiva, sino de una obligación legal que apenas comienza a corregir un retraso histórico en sus condiciones.
En contraste, el resto de trabajadores, ya sean personal técnico, auxiliares o titulados, han recibido aumentos muy inferiores, entre el 14% y el 18%, lo que ha provocado una pérdida real de poder adquisitivo de hasta 7,7 puntos respecto al IPC. Estos aumentos se ven superados ampliamente por el incremento del coste de vida, y han sido completamente absorbidos por la inflación.
Esta situación refleja las claras limitaciones de la negociación colectiva estatal, que establece incrementos mínimos homogéneos sin tener en cuenta las realidades económicas y sociales del territorio.
En este sentido, se hace imprescindible avanzar hacia modelos más descentralizados, que permitan acuerdos colectivos adaptados a las condiciones socioeconómicas locales. Solo así será posible construir un sistema que responda verdaderamente a las necesidades de todos los territorios, sin dejar a nadie atrás por culpa de una visión única y centralizada de la justicia salarial.
Desde OSTA, reafirmamos la necesidad urgente de avanzar hacia un convenio colectivo sectorial propio en Aragón que permita una distribución más justa y equilibrada de los salarios, en el conjunto del sector.
La estructura salarial actual consolida no solo la perdida de salario real, sino impulsa una brecha creciente entre funciones y tareas. Generando un proceso de achatamiento salarial que limita el desarrollo profesional en nuestro sector.
Reivindicamos una revisión profunda de las condiciones salariales, que garantice incrementos reales, que protejan el poder adquisitivo y reconozcan con justicia la labor de todos los trabajadores y trabajadoras de la discapacidad.