25/06/25 | Federaciones, Servicios y Afines
Con fecha 19 de junio de 2025, desde OSTA y como parte de la comisión negociadora del convenio colectivo del comercio del textil hemos procedido a la firma de la revisión salarial proveniente de la diferencia de IPC firmada en el anterior convenio colectivo.
Así pues, en las próximas semanas y una vez publicada la misma en el BOPZ, las empresas quedarán obligadas a revisar nuestros salarios un 3,1%.
Dicha revisión consiste en un pago del 0,775% como paga única, así como el incremento de las tablas salariales de 2025 del 2,325% que servirá como base del incremento de la subida salarial que se negocie para el año 2025.
Además, en los próximos días se constituirá de nuevo la comisión negociadora para empezar a pactar las condiciones laborales, sociales y de seguridad y salud para los próximos años.
13/06/25 | Noticias
Los sindicatos FETICO, CCOO y UGT llegan a un acuerdo de ERE, que solo reduce en 77 personas los despidos y solo supone mas precariedad para la plantilla de Alcampo
El cierre de la negociación del ERE en la empresa Alcampo y el acuerdo alcanzado ha sido como lamentablemente esperaban, la venta de las condiciones de la plantilla.
El acuerdo alcanzado, tan sólo ha reducido un total de 77 despidos de los 710 anunciados, por lo que el número total se queda en 633, ya que el resto depende de los acuerdos que se alcancen con las modificaciones sustanciales, además de limitar las “voluntariedades” que se darán de manera preferente a las tiendas afectadas por el cierre.
Por otro lado, el acuerdo a quien más perjudica es al colectivo de más de 60 años, que difícilmente podrán reincorporarse al mercado laboral y a las personas que no acepten la modificación sustancial, que supone un cambio de contrato de jornadas completas a parciales y tener en calendario domingo y festivos obligatoriamente, finalizando su jornada en horario de tarde a la 1:00 de la madrugada.
La negociación ha transcurrido en Madrid, de espaldas a las plantillas, que no han tenido ningún tipo de información, lo que vuelve a evidenciar que en Madrid no se pueden negociar nuestras condiciones y que los convenios y acuerdos estatales solo traen precariedad y recortes a los sectores afectados.
El colmo del acuerdo es que además de los 633 despidos, se incluye la necesidad de cubrir 35 puestos vacantes indefinidos en distintos centros de trabajo, por lo que la incoherencia de todo este proceso queda todavía más patente, evidenciando que en Alcampo no sobraba nadie y este acuerdo ha supuesto un cheque en blanco de los sindicatos FETICO, CCOO, UGT.
Este ERE va a marcar un antes y un después en la plantilla de Alcampo, puesto que se precarizan todavía más las condiciones, teniendo trabajadores y trabajadoras a la carta que es lo que a nuestro juicio buscaban, porque no hay ningún problema económico y el claro ejemplo de ello, es que hace aproximadamente dos años compraron 235 tiendas de la cadena DIA, con el coste que supuso.
Como resumen, un ERE injustificado, donde los sindicatos firmantes a juicio del sindicato aragonés han vendido a las compañeras de Alcampo, precarizando sus condiciones a términos que nunca podríamos imaginar, convirtiendo empleo a tiempo completo en parcial y condenando a estas trabajadoras en reducciones de sus futuras jubilaciones”.
06/06/25 | Federaciones, Servicios y Afines
Ante las últimas informaciones, la intención de Alcampo es precarizar todavía más las condiciones laborales de la plantilla.
La negociación del ERE de la empresa Alcampo está siendo un cheque en blanco para la dirección de la empresa.
La propuesta planteada es: NO cerrar centros de trabajo a cambio de modificar el “formato” de tienda Y LAS CONDICIONES LABORALES DE LA PLANTILLA.
Esto conllevaría que las personas trabajadoras se vean obligadas, si quieren mantener su puesto de trabajo, a verse forzadas a aceptar una modificación de sus condiciones de trabajo actuales, que consiste en una mayor flexibilidad de la jornada, que implica una precarización con respecto a su vida laboral y personal.
Esta modificación de condiciones que pretende realizar la empresa no es nueva, ya existen centros denominados 7D7, con horarios de apertura que van desde las 07:00 AM a las 01:00 PM; además de prestar servicios todos los domingos y festivos del año (Navidad, Reyes, Semana Santa, día del Pilar, San Jorge, etc).
Junto a esta modificacion, la empresa pretende que de manera “voluntaria”, el personal de jornada completa se le pueda aplicar una reducción de jornada, pasando de un contrato a jornada completa a uno a jornada parcial que implica, menos cotización, menos dinero y más precariedad.
Desde OSTA “NO NOS CREEMOS LA VOLUNTARIEDAD” y sabemos que tarde o temprano se convertirá en obligatoria.
Si el ERE sigue adelante en estas condiciones, la empresa se va a encontrar con un cheque en blanco y podrá tener personas trabajadoras a la carta; más baratas y más sumisas que nunca; todo ello con la complicidad de los sindicatos estatales que forman parte de la mesa negociadora.
Este ERE va a suponer despidos y precarización, porque habrán vendido sus derechos y aún así, alguno/a se querrá colgar medallas por realizar su trabajo con “transparencia y profesionalidad”Para OSTA, como hemos defendido desde el principio de la negociación “NO SOBRA NADIE”, todo el mundo es necesario y se debería luchar por mantener las condiciones de la plantilla y no precarizar aún más un sector castigado por un Convenio Estatal que roza el Salario Mínimo Interprofesional.
05/06/25 | Federaciones, Servicios y Afines
El pasado miércoles 4 de junio, la comisión negociadora del convenio del comercio del mueble de Zaragoza conseguimos llegar a un preacuerdo para la renovación del convenio colectivo finalizado el pasado mes de diciembre.
Debido a la incertidumbre que supone la negociación a nivel estatal de la reducción de la jornada, se ha acordado la prórroga del convenio colectivo para el año 2026.
Dicha prórroga contendrá un incremento salarial del 3% en todos los conceptos con fecha de efectos desde el 1 de enero de 2025 con revisión salarial hasta el 4% en caso de que el IPC sea superior al 3%, así como el incremento en las dietas desde la firma del preacuerdo.
Desde OSTA valoramos positivamente este preacuerdo dado que hemos conseguido aumentar las tablas existentes con un incremento que permite recuperar el poder adquisitivo de las personas trabajadoras del sector.
23/05/25 | Federaciones, Servicios y Afines
Con la resolución de la Paritaria sobre la consulta realizada por OSTA, las empresas que no hayan abonado correctamente los salarios del año 2023, publicados en el Convenio colectivo del comercio metal de Zaragoza deberán abonar las diferencias correspondientes.
El pasado día 14 de mayo de 2025, se reunió la Comisión Paritaria del Convenio del comercio metal de la provincia de Zaragoza para contestar a una consulta realizada por OSTA.
La consulta trataba de la interpretación del artículo 12 del convenio por el que resulta el derecho al abono de los salarios establecidos en el Anexo I, cuyos salarios debían actualizarse en el 2023.
El Convenio colectivo del Comercio metal, para los años 2023-2024, fue publicado el 16 de mayo del año pasado. En él se establecían las subidas correspondientes a cada uno de los años (artículo 12.a) y b), estableciendo en el punto Tercero de dicho artículo el derecho al cobro de los atrasos por la aplicación de las correspondientes tablas salariales.
En este sentido, OSTA trasladó la consulta a la Comisión paritaria porque algunas empresas no estaban aplicando en el año 2023 las tablas publicadas en el Anexo I del citado Convenio. Esto suponía que había personas trabajadoras que no habían cobrado correctamente los salarios correspondientes al año 2023
Tras las deliberaciones correspondientes y una vez analizado el texto, la Comisión Paritaria determinó lo siguiente:
“Según indica el artículo 12 del convenio colectivo las tablas salariales que rigen con efectos 1 de enero de 2023, son las reflejadas en el convenio del os años 2023-2024, publicado el 16 de mayo de 2024 como anexo I.
En el caso de que no se hubieran aplicado desde el 1 de enero de 2023 las tablas definitivas para ese año, corresponderá el percibo de las diferencias, por el periodo de 1 de enero de 2023 a 31 de diciembre de 2023, tal y como establece el artículo 12 apartado Tercero del convenio”.
Con esta resolución, OSTA exigirá a todas aquellas empresas que están incumpliendo el Convenio Colectivo, el abono de dichas cantidades.