10/10/18 | Federaciones, Servicios y Afines
El pasado día 04 de octubre mantuvimos la cuarta reunión por la negociación del Convenio Colectivo del sector de Detallistas y autoservicios de alimentación de la provincia de Zaragoza, en la que esperábamos que la parte empresarial nos entregara una propuesta económica para poder avanzar en el resto de puntos de la plataforma, hecho que no ocurrió.
El único punto que se trató en las dos horas de reunión fue el de la vigencia del Convenio (otra vez), punto además con el cual no se ha llegado a ningún avance dadas las exigencias de la patronal.
Desde la parte empresarial solo entienden dos opciones. La primera sería firmar un Convenio de vigencia inicial de 2014 aceptando el pacto de 2013 (y con el que OSTA no estaba de acuerdo y supuso que nos levantáramos de la mesa negociadora) o una segunda opción que sería firmar un Convenio con fecha de inicio 2018 con subidas a tablas de los IPC (alguno en negativo) de los años anteriores, sin ninguna paga de atrasos.
Para OSTA, ninguna de estas opciones es válida, puesto que por un lado no vamos a aceptar algo que ya no aceptamos en su día, y por otro lado creemos que puede dar cierta “inseguridad jurídica” para los/as compañeros/as el hecho de aceptar un Convenio con una “laguna” de tiempo de 4 años, además de no estar conformes con la pérdida de poder adquisitivo de las y los compañeros.
20/09/18 | Federaciones, Servicios Públicos
El once de septiembre, se publico el VII Convenio colectivo marco estatal de servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal (residencias privadas de personas mayores y del servicio de ayuda a domicilio).
El actual Convenio Colectivo se ha firmado con una vigencia desde el 1 de enero de 2015 a 31 de diciembre de 2018. Entre los principales cambios se encuentran, que durante el periodo vacacional se percibirá la parte proporcional de las retribuciones variables (festivos, nocturnidades, …). Se modifican las funciones de algunas clasificaciones profesionales, como gerocultoras/es y personal de limpieza.
La subida salarial será conforme al IPC, siempre y cuando se cumpla un crecimiento del 2% del PIB, por lo que no recuperaremos nada del poder adquisitivo que nos hizo perder el anterior Convenio firmado por los sindicatos estatales. Además conforme a estos últimos años se consolidan los cuatro días de libre disposición, que ya veníamos disfrutando y que iban condicionados al crecimiento del PIB.
Estamos ante un Convenio que no nos trae nada nuevo, simplemente alarga en el tiempo la precarización de un sector tan importante como es el de la dependencia. Desde OSTA seguimos apostando por un Convenio de ámbito aragonés de la Dependencia, que mejore sustancialmente las condiciones de trabajo y dignifique a las y los trabajadores de la dependencia de todo Aragón.
VII Convenio Colectivo marco de la dependencia
05/07/18 | Federaciones, Servicios Públicos
El pasado 19 de junio, se firmo el preacuerdo del I Convenio Colectivo de la Comarca de Calatayud. Tras años de negociaciones, y tras el último bloqueo de las negociaciones que se produjo en enero de 2018, el Comité de Empresa de la Comarca de Calatayud a propuesta de OSTA, tomo la decisión de desbloquear la situación a través del Servicio Aragonés de Mediación y Arbitraje (SAMA).
Dicho preacuerdo fue ratificado por la plantilla de la Comarca durante la asamblea general de trabajadores y trabajadoras de la Comarca de Calatayud el pasado martes 4 de julio de 2018.
Preacuerdo I Convenio Colectivo Comarca de Calatayud
22/06/18 | Federaciones, Industria y Derivados
El pasado día 20 de junio se firmo el preacuerdo del convenio colectivo de la Industria Química, que pasara a votación por los sindicatos estatales para su ratificación.
Los puntos principales de este preacuerdo son:
- Incremento salarial de 2,5% para cada año de vigencia (2018, 2019 y 2020), con carácter retroactivo para el año 2018.
- Garantía salarial en base al IPC acumulado a los tres años de vigencia, aplicable en el año 2021.
- Modificación de grupos profesionales, incluyendo nuevas descripciones para el subsector de pinturas.
- Reducción a 150 trabajadores y trabajadoras la obligación por parte de la empresa de realizar el plan de igualdad.
- Creación del delegado o delegada de igualdad.
- La entrega de la MSB se realizará separada por género.
- Se deberá tener en cuenta la perspectiva de género en la prevención de riesgos laborales.
- Se ha conseguido un plus festivo por trabajar domingos y festivos de 30 euros/día.
- En la formación dual se ha mejorado la participación de la RLT en su desarrollo y priorizando la relación laboral.
- En flexibilidad se suprime la obligación del artículo 45 de trabajo en sábados y se modifica el artículo 13.9 reordenando y permitiendo de 4 a 12 (en función de la fijeza del departamento afectado) modificaciones de calendario, retribución a 1,5 horas de descanso por hora flexible.
- En formación, con acuerdo obligatorio con la RLT, se podrán realizar acciones formativas dentro o fuera de jornada con un máximo de 8 horas este año, 16 horas en 2019 y 32 horas en 2020.
- En caso de ausencia de RLT o en empresas de menos de 50 trabajadores y trabajadoras, el acuerdo deberá realizarse con los sindicatos más representativos, mediante el registro en la Comité Paritario Sectorial de Formación, para el inicio de las negociaciones.
- Inclusión en el convenio el artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores del permiso retribuido de veinte horas al año, acumulables por periodos de hasta 5 años.
- Modificando y avanzando en el articulado de licencias y permisos, licencia por fallecimiento, deber inexcusable y licencia sin sueldo.
Desde OSTA esperaremos a su ratificación, así como el posible redactado final, para valorarlo en su conjunto, os seguiremos informando.
13/02/18 | Federaciones, Servicios y Afines
Tras 3 años con el convenio caducado, el pasado 8 de Febrero de 2018 salió publicado en el Boletín Oficial del Estado el nuevo Convenio Colectivo Nacional para las empresas dedicadas a los servicios de campo para actividades de reposición. Este convenio tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2017 hasta 31 de diciembre de 2019.
El texto, firmado por los sindicatos mayoritarios viene a ser un “copia y pega” del convenio anterior dejando casi inexistentes las mejoras de las condiciones de los y las trabajadoras del sector. Así pues vemos como otro año más (insistimos en que había una inactividad de la negociación colectiva desde 2014) se debe de trabajar la misma jornada, no se amplían las licencias retribuidas, tan solo hay una pequeña mejora en la incapacidad temporal sólo derivada de accidente de trabajo, etc…
Ahora bien, si en cuanto a mejoras de condiciones se observa que el nuevo texto queda totalmente insuficiente, ya se puede vaticinar como quedará el aspecto económico. Y es que a pesar de que la subida de salario base pueda parecer espectacular, el hecho de la eliminación fulminante del plus de transporte (cantidad fija de 98,113€) hace que tan sólo haya una subida REAL del salario del 1.5% en 2017, 2.5% en 2018 y 2% en 2019.
La eliminación de este plus supone la precarización del trabajo de las personas con jornadas parciales, dado que ahora un trabajador con contrato parcial (20 horas semanales) vendrá a cobrar 42 € menos durante el primer año de vigencia, 30€ menos durante el segundo y 20€ durante el tercero.
Desde OSTA nos oponemos a la aprobación de esta normativa dado el empobrecimiento de las ya malas condiciones de los y las trabajadoras a tiempo parcial.