VII Convenio Colectivo marco estatal de la dependencia

VII Convenio Colectivo marco estatal de la dependencia

El once de septiembre, se publico el VII Convenio colectivo marco estatal de servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal (residencias privadas de personas mayores y del servicio de ayuda a domicilio).

El actual Convenio Colectivo se ha firmado con una vigencia desde el 1 de enero de 2015 a 31 de diciembre de 2018. Entre los principales cambios se encuentran, que durante el periodo vacacional se percibirá la parte proporcional de las retribuciones variables (festivos, nocturnidades, …). Se modifican las funciones de algunas clasificaciones profesionales, como gerocultoras/es y personal de limpieza.

La subida salarial será conforme al IPC, siempre y cuando se cumpla un crecimiento del 2% del PIB, por lo que no recuperaremos nada del poder adquisitivo que nos hizo perder el anterior Convenio firmado por los sindicatos estatales. Además conforme a estos últimos años se consolidan los cuatro días de libre disposición, que ya veníamos disfrutando y que iban condicionados al crecimiento del PIB.

Estamos ante un Convenio que no nos trae nada nuevo, simplemente alarga en el tiempo la precarización de un sector tan importante como es el de la dependencia. Desde OSTA seguimos apostando por un Convenio de ámbito aragonés de la Dependencia, que mejore sustancialmente las condiciones de trabajo y dignifique a las y los trabajadores de la dependencia de todo Aragón.

 

VII Convenio Colectivo marco de la dependencia
Firmado el preacuerdo del I Convenio Colectivo de la Comarca de Calatayud

Firmado el preacuerdo del I Convenio Colectivo de la Comarca de Calatayud

El pasado 19 de junio, se firmo el preacuerdo del I Convenio Colectivo de la Comarca de Calatayud. Tras años de negociaciones, y tras el último bloqueo de las negociaciones  que se produjo en enero de 2018, el Comité de Empresa de la Comarca de Calatayud a propuesta de OSTA, tomo la decisión de desbloquear la situación a través del Servicio Aragonés de Mediación y Arbitraje (SAMA).

Dicho preacuerdo fue ratificado por la plantilla de la Comarca durante la asamblea general de trabajadores y trabajadoras de la Comarca de Calatayud  el pasado martes 4 de julio de 2018.

Preacuerdo I Convenio Colectivo Comarca de Calatayud
Preacuerdo para el XIX Convenio  de la Industria Química

Preacuerdo para el XIX Convenio de la Industria Química

El pasado día 20 de junio se firmo el preacuerdo del convenio colectivo de la Industria Química, que pasara a votación por los sindicatos estatales para su ratificación.

Los puntos principales de este preacuerdo son:

  • Incremento salarial de 2,5% para cada año de vigencia (2018, 2019 y 2020), con carácter retroactivo para el año 2018.
  • Garantía salarial en base al IPC acumulado a los tres años de vigencia, aplicable en el año 2021.
  • Modificación de grupos profesionales, incluyendo nuevas descripciones para el subsector de pinturas.
  • Reducción a 150 trabajadores y trabajadoras la obligación por parte de la empresa de realizar el plan de igualdad.
  • Creación del delegado o delegada de igualdad.
  • La entrega de la MSB se realizará separada por género.
  • Se deberá tener en cuenta la perspectiva de género en la prevención de riesgos laborales.
  • Se ha conseguido un plus festivo por trabajar domingos y festivos de 30 euros/día.
  • En la formación dual se ha mejorado la participación de la RLT en su desarrollo y priorizando la relación laboral.
  • En flexibilidad se suprime la obligación del artículo 45 de trabajo en sábados y se modifica el artículo 13.9 reordenando y permitiendo de 4 a 12 (en función de la fijeza del departamento afectado) modificaciones de calendario, retribución a 1,5 horas de descanso por hora flexible.
  • En formación, con acuerdo obligatorio con la RLT, se podrán realizar acciones formativas dentro o fuera de jornada con un máximo de 8 horas este año, 16 horas en 2019 y 32 horas en 2020.
  • En caso de ausencia de RLT o en empresas de menos de 50 trabajadores y trabajadoras, el acuerdo deberá realizarse con los sindicatos más representativos, mediante el registro en la Comité Paritario Sectorial de Formación, para el inicio de las negociaciones.
  • Inclusión en el convenio el artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores del permiso retribuido de veinte horas al año, acumulables por periodos de hasta 5 años.
  • Modificando y avanzando en el articulado de licencias y permisos, licencia por fallecimiento, deber inexcusable y licencia sin sueldo.

Desde OSTA esperaremos a su ratificación, así como el posible redactado final, para valorarlo en su conjunto, os seguiremos informando.

 

Publicado el nuevo Convenio Colectivo de Reposición

Publicado el nuevo Convenio Colectivo de Reposición

Tras 3 años con el convenio caducado, el pasado 8 de Febrero de 2018 salió publicado en el Boletín Oficial del Estado el nuevo Convenio Colectivo Nacional para las empresas dedicadas a los servicios de campo para actividades de reposición. Este convenio tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2017 hasta 31 de diciembre de 2019.

El texto, firmado por los sindicatos mayoritarios viene a ser un “copia y pega” del convenio anterior dejando casi inexistentes las mejoras de las condiciones de los y las trabajadoras del sector. Así pues vemos como otro año más (insistimos en que había una inactividad de la negociación colectiva desde 2014) se debe de trabajar la misma jornada, no se amplían las licencias retribuidas, tan solo hay una pequeña mejora en la incapacidad temporal sólo derivada de accidente de trabajo, etc…

Ahora bien, si en cuanto a mejoras de condiciones se observa que el nuevo texto queda totalmente insuficiente, ya se puede vaticinar como quedará el aspecto económico. Y es que a pesar de que la subida de salario base pueda parecer espectacular, el hecho de la eliminación fulminante del plus de transporte (cantidad fija de 98,113€) hace que tan sólo haya una subida REAL del salario del 1.5% en 2017, 2.5% en 2018 y 2% en 2019.

La eliminación de este plus supone la precarización del trabajo de las personas con jornadas parciales, dado que ahora un trabajador con contrato parcial (20 horas semanales) vendrá a cobrar 42 € menos durante el primer año de vigencia, 30€  menos durante el segundo y 20€ durante el tercero.

Desde OSTA nos oponemos a la aprobación de esta normativa dado el empobrecimiento de las ya malas condiciones de los y las trabajadoras a tiempo parcial.

Valoración de OSTA sobre el resultado del Convenio de Opel España

Valoración de OSTA sobre el resultado del Convenio de Opel España

Desde la Federación de Industria y Derivados de OSTA, respetamos el resultado de este referéndum, aunque tenemos claro que este acuerdo es el que recoge mayores pérdidas de derechos y salarios que se han producido hasta ahora, en Opel España.

El 41% de la plantilla no ha apoyado este acuerdo y por lo tanto la Dirección tiene que entender que este futuro diseñado para la planta de Figueruelas es inaceptable.

  • Este acuerdo sólo recoge un plan industrial que no garantiza nada en su redactado, no concreta nada de inversiones o nuevas adjudicaciones, siendo únicamente una mera declaración de intenciones.
  • En cuanto a salarios, no se garantiza el poder adquisitivo; el  primer año se congela el salario y los próximos no llegarán ni al IPC.
  • Se han reducido un 5% los pluses, desaparecerá durante la vigencia del convenio el plus de Calendarios Especiales, la paga denominada PAVI,  de 900€ se reduce a 650€, y se  endurece los condicionantes para conseguir su cobro.
  • Aumenta la Flexibilidad para trabajar en fin de semana pudiendo aplicar la misma en viernes noche, sábados mañana y sábados tarde lo que es un ataque directo a la conciliación familiar de los trabajadores y trabajadoras de OPEL.
  • Se condiciona el Complemento IT a la decisión del servicio médico de la empresa.
  • Se podrá obligar, en ciertas circunstancias, a realizar horas extras.
  • Hay una reducción de tiempo de pausas que se traduce en aumento de la carga de trabajo en las líneas y de la jornada anual.
  • Se introduce una nueva escala salarial más baja, la tercera, y se condicionan los ascensos de nivel que supone mejora económica, a la decisión de la empresa y no por tiempo trabajado como hasta ahora.
  • Tras dejar de aplicar el contrato de relevo, ya acordado en ERES anteriores, lo que fue un chantaje en toda regla, finalmente se ha acordado volver a implementarlo pero reduciendo el tipo de jubilación del 85% al 75%, lo que elimina la obligación de crear empleos estables indefinidos para los relevistas.
  • Para los próximos 5 años se acuerda el rejuvenecimiento de la plantilla, con la fórmula que estime más oportuna la dirección, siempre que la situación económica y organizativa lo permita, al final dependerá de lo que quiera la empresa,  entre ellas el contrato de relevo.
  • Se precarizan todavía más los nuevos contratos de Opel, fin de obra y a tiempo parcial con horas complementarias a elección de la empresa.

Este acuerdo conllevará posiblemente una precarización, aún mayor, de todo el empleo en la industria auxiliar de la automoción.

Desde  OSTA, agradecemos la participación de la plantilla y en especial a los trabajadores y trabajadoras que nos  han apoyado durante esta dura negociación.

 Hoy competimos con Vigo…¿mañana Marruecos? Esto es la historia de nunca acabar…