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Tras haber alcanzado un preacuerdo de convenio colectivo en La Zaragozana, hemos realizado un referéndum con la plantilla, el cual nos ha ratificado esta negociación con un apoyo del 83,3% de los votos a favor.
En este referéndum ha participado 85 personas trabajadoras, de las cuales 75 han votado que si al convenio y 15 han votado no , este convenio recoge las siguientes mejoras:
Incremento salarial del 2024 del 4,1%
Incremento salarial del 2025 IPC de 2024 + 1% fijo
Incremento salarial del 2026 IPC de 2025 + 1% fijo
Incremento salarial del 2027 IPC de 2026 + 1% fijo
Estos incrementos se aplicarán en todos los pluses de convenio.
Se garantiza un incremento mínimo del 1% cada año y se estableciendo un tope máximo anual de incremento en un 5,5%.
Además de estos incrementos, este preacuerdo recoge también una paga de 200€ para cada año de vigencia del convenio.
El acuerdo también recoge mejoras en materia de permisos retribuidos, organización del trabajo con determinación del fin de semana como festivo, mejora premios de antigüedad y garantía de empleo, asegurando el empleo al número de personas trabajadoras actuales durante la vigencia del convenio colectivo.
Valoramos este preacuerdo como muy positivo, tras conseguir entrar en el comité de empresa en las últimas elecciones sindicales, siendo el sindicato más votado en producción, en nuestra primera negociación de convenio hemos conseguimos unos incrementos superiores a la media de los convenios negociados y hemos mejorado los principales pilares de las condiciones laborales en una empresa (salario, mejoras sociales, organización de trabajo y garantía de empleo), además de solo contener mejoras para las personas trabajadoras de La Zaragozana, sin suponer ningún tipo de merma de derechos o condiciones.
Una vez más queda acreditado, que cuanto OSTA esta en una negociación de convenio se consiguen mejores acuerdos.
En el siguiente enlace podéis descargaros el calendario para el metal de la provincia de Zaragoza para el año 2025.
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Cualquier duda ponte en contacto con el sindicato en Zaragoza en el 976595885, en Huesca en el 974388166.
Hoy, 5 de diciembre de 2024 ha sido aprobado el II Convenio Colectivo de la Sociedad Aragonesa de Gestión Agroambiental (SARGA), contando con el respaldo de los sindicatos CGT, CCOO, CSIF, UGT y SOA. No obstante, el sindicato OSTA ha manifestado su desacuerdo y ha votado en contra del convenio.
La Sección Sindical de OSTA ha emitido durante la negociación su voto particular en el que han expresado su disconformidad con el redactado final del convenio. Para OSTA, el convenio aprobado no refleja las reivindicaciones y propuestas defendidas por su sección sindical durante los once meses de negociaciones. Además, señalaron que el documento final no incluye la transposición de acuerdos previamente alcanzados en el Servicio Aragonés de Mediación y Arbitraje (SAMA) en fechas clave como el 24 de agosto de 2021 y el 29 de mayo de 2023 y que mejoraron sustancialmente las condiciones del personal del Operativo de Incendios.
Otro aspecto de disconformidad de OSTA con el Convenio firmado se centra en la inclusión de artículos que consideran contradictorios y, en algunos casos, contrarios a la ley. Destacan especialmente el artículo 14, que modifica la interpretación actual del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (STSJ AR 1468/2019) respecto a la absorción del complemento CAIR, algo que el sindicato considera perjudicial para la plantilla.
Asimismo, OSTA denuncia que el artículo 15 del convenio sobre nuevas categorías en el Operativo de Incendios, no desarrolla adecuadamente los preceptos establecidos en la Ley 5/2024, de 8 de noviembre, básica de bomberos forestales. Según el sindicato, esta ley establece disposiciones que deberían haberse incorporado y desarrollado en el convenio colectivo firmado.
En el voto particular emitido, desde OSTA concluyen que no van a firmar un convenio que consideran insuficiente y que incluye artículos contrarios a derecho y a la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
Por último, desde el sindicato OSTA se ha exigido a los firmantes del Convenio Colectivo que se realice un referéndum y han insistido en que este proceso debe contar con las garantías necesarias para una consulta de tal importancia, incluyendo la presencia de toda la plantilla en sus puestos de trabajo y un periodo en el que las secciones sindicales puedan informar adecuadamente sobre el acuerdo alcanzado.
Con fecha 30 de noviembre y 3 de diciembre, diferentes asambleas de afiliados y afiliadas del sindicato del sector del transporte de mercancías y logística han puesto en común las bases para la negociación del próximo convenio colectivo que finalizará el próximo 31 de diciembre.
Entre las mejoras que desde OSTA llevaremos en la plataforma de negociación caben destacar la reducción de la jornada anual del sector con el reconocimiento del «tiempo de bocadillo» como tiempo efectivo de trabajo, mejoras en los complementos de incapacidad temporal por A.T y E.P, mejoras en los precios de dietas, pagos de festivos y precio de hora extraordinaria e incrementos salariales que permitan recuperar la pérdida del poder adquisitivo de las personas trabajadoras del sector.
Actualmente, OSTA contamos con una representatividad en el sector de mercancías y logística de más del 20%, lo que nos permitirá poder estar en la mesa de negociación sectorial con varios integrantes, siendo determinantes en la negociación, los cuales exigirán las mejoras elaboradas en las asambleas sectoriales.
Tras haber intentado en varias ocasiones que la dirección de ICT Ibérica (Tronchetti) cumpliera diferentes aspectos del Convenio colectivo, que a nuestro juicio no se estaban aplicando de manera adecuada, tuvimos que interponer denuncia en Inspección de trabajo, sobre los siguientes temas:
Complemento económico de las Incapacidades Temporales (bajas): entendemos que el complemento de IT se tiene que abonar con todos los pluses salariales de nuestra jornada ordinaria (Plus nocturnidad, festivos, cjc, locomoción, disponibilidad…)
Traslado de festivos al sábado o al lunes de la semana siguiente: no compartíamos que se pudieran trasladar los festivos a sábados y lunes, ya que esto solo aplica en empresas que NO trabajan a Non Stop.
Imposición del uso de los días de paternidad: tiene que ser la persona trabajadora la que elija sus días de disfrute de la paternidad, y no la que la empresa pueda modificar estos.
Tras la resolución de la Inspección de Trabajo en la que nos remitía a la comisión mista de interpretación y vigilancia del convenio estatal de pastas, papel y cartón, el día 26 de septiembre de 2024 realizamos una consulta a la comisión mixta de interpretación, obteniendo como respuesta lo siguiente:
La primera baja dentro del año natural, y desde el primer día de la baja, las empresas complementarán las prestaciones de la Seguridad Social hasta el 100% del salario real de la jornada ordinaria.
La Comisión entiende que el artículo 9.6 (posibilidad de trasladar los festivos) aplica a las empresas que NO trabajen a régimen ininterrumpido o Non Stop.
La Comisión entiende que el Convenio no regula cómo se deben solicitar y conceder las vacaciones después del periodo de suspensión por nacimiento y cuidado del menor.
Es evidente que otra clase de sindicalismo es posible y que OSTA tenga presencia en los Comités de Empresa, demuestra que las condiciones se pueden y se deben mejorar y que los Convenios están para que se cumplan y no se mire hacia otro lado, por lo que entendemos como un éxito la resolución de la comisión paritaria de este convenio.
Desde el sindicato esta es una muestra más de que es necesario un Convenio autonómico para el sector de Pastas, Papel y cartón, donde muchas personas que trabajan en Aragón estarían afectadas como las que prestan sus servicios en SAICA, Torraspapel o ICT-IBERICA (Tronchetti), para que nos tengamos que esperar a resoluciones que viene desde Madrid sobre los derechos y condiciones de las personas trabajadoras aragonesas.