OSTA gana el conflicto colectivo del pago de la hora festiva en el transporte de viajeros de Huesca

Desde OSTA solicitamos mediante demanda al Juzgado de lo Social de Huesca la impugnación del Art. 20 del anterior Convenio Colectivo del transporte de viajeros de Huesca de los años 2020-2023, al considerar que el recargo establecido para el pago de la hora festiva no cumplía con la legalidad vigente.

En concreto, el Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos establece en su Art. 47 que “cuando, excepcionalmente y por razones técnicas u organizativas, no se pudiera disfrutar el día de fiesta correspondiente o, en su caso, de descanso semanal, la Empresa vendrá obligada a abonar al trabador, además de los salarios correspondientes a la semana, el importe de las horas trabajadas en el día festivo o en el período de descanso semanal, incrementadas en un 75 por 100, como mínimo, salvo descanso compensatorio”.

A pesar de esta normativa, los sindicatos UGT y CCOO junto a la patronal del sector de viajeros firmaron un precio para las horas festivas por debajo del 75% tanto en el convenio de los años 2020-2023 como en el texto actual de 2024-2025 firmado este, una vez más, por UGT.

Desde OSTA celebramos que el fallo del juzgado estime la demanda declarando la ilegalidad y nulidad del precio de los festivos, dándoles la razón no solo frente a la patronal sino también a los sindicatos con cuya firma empeoran notablemente las condiciones laborales de las plantillas del sector, y abriendo una nueva puerta para la revisión de otros textos que no se adapten a la legalidad vigente.

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