OSTA lamenta la actitud de la Consejería de Servicios Sociales del Gobierno de Aragón

OSTA lamenta la actitud de la Consejería de Servicios Sociales del Gobierno de Aragón

OSTA critica el ocultismo que impera en cuando a los datos oficiales emitidos y correspondientes al sector de la dependencia, los cuales no se corresponden con la situación real que nos trasladan desde los centros.

El sindicato OSTA, uno de los sindicatos mayoritarios en el sector de la dependencia en Aragón, solicitó el lunes 6 de abril, a la Consejería de Servicios Sociales, así como el resto de partidos políticos que conforman las Cortes de Aragón una serie de medidas de aplicación urgente e inmediata en el Sector de las Residencias. 

En el día de hoy este sindicato, no ha obtenido respuesta alguna al respecto, asimismo, ha sido conocedor por parte de los medios de comunicación de que al Gobierno de Aragón “no le consta solicitud alguna”, cuestión sorprendente ya que dicha solicitud fue remitida a este organismo de forma oficial por varios medios, así como comunicada a la totalidad de los partidos políticos del Gobierno de Aragón, de los cuales algunos confirmaron la recepción del mismo, entre ellos el PSOE.

Pese a ello, dada la situación en la que se encuentra este sector y la urgencia de actuación en el mismo, ha insistido nuevamente de forma expresa ante la Consejería de Servicios Sociales, en la aplicación inmediata de una serie de medidas en este sector, las cuales ayudarían en gran medida a garantizar la integridad física del personal de estos centros, como de los usuarios y usuarias del mismo, estas medidas serían las siguientes: 

1.- Realización de test para diagnóstico de casos de COVID-19, a todo el personal que en la actualidad se encuentra prestando servicios en los centros que cuentan con casos positivos en COVID-19 y que ha estado en contacto con estos, aunque no presenten sintomatología al respecto. 

2.- Refuerzo constante por parte de la administración, en Equipos de Protección Individual, en aquellos centros que la situación sea crítica.

3.- Se faciliten medios humanos, reforzando desde la administración la plantilla de aquellos centros que lo precisen.

4.- Derivación inmediata a los usuarios positivos en COVID-19 a los centros de aislamiento con los que cuenta el Gobierno de Aragón en estos casos, para así poder aislar a los usuarios que en la actualidad muestran síntomas que podrían ser positivos en COVID-19 y de esta forma garantizar el cese de la propagación de dicho virus de la mejor forma posible.

Finalmente, desde el sindicato, señalan que “lamentando la actitud de la Consejería de Ciudadanía y Servicios Sociales para abordar este tema, reiteramos nuestro ofrecimiento y esperamos que recojan el guante y se pongan en contacto con el sindicato de inmediato”; asimismo indican que “también nos hemos puesto a disposición de todos los partidos políticos, ya que lo importante en estos momentos es remar todos en la misma dirección” 

1 de octubre: Día Internacional de las Personas Mayores

1 de octubre: Día Internacional de las Personas Mayores

El próximo martes 1 de octubre de 2019, Día Internacional de las Personas Mayores, la FABZ ha convocado una concentración a las 11:00 horas en la Plaza de España en Zaragoza, bajo el lema: «Dignidad y Respeto, para las Personas Mayores».

Desde OSTA queremos mostrar todo nuestro apoyo a la convocatoria que se celebrará el próximo martes 1 de octubre a las 11:00 horas en Plaza de España en Zaragoza. Es fundamental que la sociedad civil se ponga en marcha ante uno de los sectores más precarizados y a la vez tan importantes en Aragón.

El sector de la Dependencia, es uno de los sectores que más se ha visto precarizado en la última década en Aragón. Los trabajadores y trabajadoras cuentas con salarios muy bajos, unas jornadas de trabajo maratonianas y altas cargas de trabajo que repercuten en la salud de las trabajadoras y trabajadores, así como en la calidad asistencial de las personas usuarias.

En la actualidad cabe destacar dos hechos que han provocado esta precarización, por un lado, el Decreto 111/1992 por el que se regulan los ratios mínimos de personal de en las Residencias y Centros de Día para personas mayores y por otro lado las condiciones laborales de los y las trabajadoras del sector que están reguladas en la actualidad por un Convenio Colectivo de ámbito Estatal.

Esta última circunstancia se debe a la estrategia llevada a cabo por los sindicatos mayoritarios con la Estatalización de la Negociación Colectiva, eliminando los convenios provinciales y autonómicos; cuestión que va en contra de los intereses reales de las y los trabajadores del sector.

Desde OSTA tenemos claro que debemos avanzar decididamente en la mejora de las condiciones laborales en la Dependencia, junto con trabajadoras y trabajadores, familiares de las personas usuarias y las Administraciones Publicas, ya que unos mejores derechos laborales y asistenciales, repercutirán directamente en las personas usuarias.

VII Convenio Colectivo marco estatal de la dependencia

VII Convenio Colectivo marco estatal de la dependencia

El once de septiembre, se publico el VII Convenio colectivo marco estatal de servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal (residencias privadas de personas mayores y del servicio de ayuda a domicilio).

El actual Convenio Colectivo se ha firmado con una vigencia desde el 1 de enero de 2015 a 31 de diciembre de 2018. Entre los principales cambios se encuentran, que durante el periodo vacacional se percibirá la parte proporcional de las retribuciones variables (festivos, nocturnidades, …). Se modifican las funciones de algunas clasificaciones profesionales, como gerocultoras/es y personal de limpieza.

La subida salarial será conforme al IPC, siempre y cuando se cumpla un crecimiento del 2% del PIB, por lo que no recuperaremos nada del poder adquisitivo que nos hizo perder el anterior Convenio firmado por los sindicatos estatales. Además conforme a estos últimos años se consolidan los cuatro días de libre disposición, que ya veníamos disfrutando y que iban condicionados al crecimiento del PIB.

Estamos ante un Convenio que no nos trae nada nuevo, simplemente alarga en el tiempo la precarización de un sector tan importante como es el de la dependencia. Desde OSTA seguimos apostando por un Convenio de ámbito aragonés de la Dependencia, que mejore sustancialmente las condiciones de trabajo y dignifique a las y los trabajadores de la dependencia de todo Aragón.

 

VII Convenio Colectivo marco de la dependencia

Tablas salariales del Convenio Colectivo de la Dependencia para el 2018

Tablas salariales del Convenio Colectivo de la Dependencia para el 2018

Desde el sindicato OSTA os informamos que los trabajadores y trabajadoras del sector de  la Dependencia, vais a tener un incremento salarial de 1,1% desde el uno de enero de 2018.

Además para este año, los 4 días de libre disposición serán considerados a todos los efectos como efectivamente trabajados.

Llevábamos varios años sin un nuevo Convenio Colectivo que reduzca las 1792 horas anuales, mejore las condiciones laborales y económicas del sector, ya que los sindicatos mayoritarios junto a la patronal, todavía no han firmado un nuevo Convenio Colectivo.

Las tablas salariales para el 2018, son las siguientes.

Residencias Personas Mayores

Grupo

Cat. Profesional S. Base Antig Festi.

Domin.

Horas

Noct.

Dispon. H. Extra Fest.

Espec.

A Administrador 1.786,30 18,52 18,49 3,49 20,54 24,64 59,19
A Gerente 1.786,30 18,52 18,49 3,49 20,54 24,64 59,19
A Director 1.786,30 18,52 18,49 3,49 20,54 24,64 59,19
A Médico 1.521,66 18,52 18,49 2,97 20,54 21,00 50,41
A Titulado Superior 1.521,66 18,52 18,49 2,97 20,54 21,00 50,41
B Supervisor 1.331,44 18,52 18,49 2,60 20,54 18,37 44,12
B ATS/DUE 1.331,44 18,52 18,49 2,60 20,54 18,37 44,12
B Trabajador Social 1.236,35 18,52 18,49 2,41 20,54 17,05 40,96
B Fisioterapeuta 1.236,35 18,52 18,49 2,41 20,54 17,05 40,96
B Terapeuta Ocupacional 1.236,35 18,52 18,49 2,41 20,54 17,05 40,96
B Titulado Medio 1.210,08 18,52 18,49 2,36 20,54 16,69 40,09
B Gobernante 1.022,34 18,52 18,49 1,99 20,54 14,10 33,88
C TASOC 1.001,43 18,52 18,49 1,95 20,54 13,82 33,18
C Oficial Mantenimiento 1.001,43 18,52 18,49 1,95 20,54 13,82 33,18
C Oficial Administrativo 1.001,43 18,52 18,49 1,95 20,54 13,82 33,18
C Conductor 985,34 18,52 18,49 1,92 20,54 13,59 32,64
C Gerocultor 985,34 18,52 18,49 1,92 20,54 13,59 32,64
C Cocinero 985,34 18,52 18,49 1,92 20,54 13,59 32,64
C Jardinero 968,06 18,52 18,49 1,89 20,54 13,35 32,08
C Auxiliar Mantenimiento 968,06 18,52 18,49 1,89 20,54 13,35 32,08
C Auxiliar Administrativo 968,06 18,52 18,49 1,89 20,54 13,35 32,08
C Portero-Recepcionista 968,06 18,52 18,49 1,89 20,54 13,35 32,08
C Limpiador/

Planchador

893,15 18,52 18,49 1,75 20,54 12,33 29,59
C Pinche Cocina 893,15 18,52 18,49 1,75 20,54 12,33 29,59
D Ayudante Oficios varios 893,15 18,52 18,49 1,75 20,54 12,33 29,59
D Personal no cualificado 893,15 18,52 18,49 1,75 20,54 12,33 29,59

 Servicio Ayuda Domicilio

Grupo Cat. Profesional S. Base Antig Festi.

Domin.

Horas

Noct.

Dispon. H. Extra Fest.

Espec.

A Rpble. Coordinación 1.994,17 18,52 18,49 3,98 20,54 27,51 66,08
A Jefe Administrativo 1.487,48 18,52 18,49 2,97 20,54 20,52 49,28
B Coordinador 1.409,64 18,52 18,49 2,81 20,54 19,44 46,71
C Oficial Administrativo 1.285,70 18,52 18,49 2,57 20,54 17,74 42,60
C Ayudante Coordinación 1.127,74 18,52 18,49 2,25 20,54 15,56 37,37
C Auxiliar Administrativo 972,96 18,52 18,49 1,94 20,54 13,43 32,24
C Auxiliar Ayuda Domicilio 972,96 18,52 18,49 1,94 20,54 13,43 32,24

Servicio de Teleasistencia

A Director Gerente 1.520,59 18,52 18,49 2,97 20,54 20,97 50,38
A Dir. Centro Teleasistencia 1.474,20 18,52 18,49 2,88 20,54 20,34 48,84
A Director Territorial 1.451,03 18,52 18,49 2,84 20,54 20,02 48,08
B Supervisor 1.427,84 18,52 18,49 2,78 20,54 19,70 47,31
B Coordinador 1.233,46 18,52 18,49 2,41 20,54 17,02 40,87
B Técnico Informático 1.252,01 18,52 18,49 2,44 20,54 17,27 41,49
C Oficial Teleasistencia 1.145,35 18,52 18,49 2,24 20,54 15,80 37,95
C Teleoperador 1.058,45 18,52 18,49 2,06 20,54 14,61 35,07
C Instalador 1.020,15 18,52 18,49 1,99 20,54 14,07 33,80
C Auxiliar Administrativo 972,70 18,52 18,49 1,90 20,54 13,41 32,23
C Telefonista/Recepcionista 972,70 18,52 18,49 1,90 20,54 13,41 32,23
VII Convenio Colectivo marco estatal de la dependencia

Cuatro días de libre disposición en el sector de Residencias

Desde la Federación de Trabajadores de Servicios Públicos informamos que tras la publicación por el Instituto Nacional de Estadística (INE), el Producto Interior Bruto creció en 2016 el 3,2%.

Un dato que beneficia al personal del sector de Servicios de Atención a las Personas Dependientes y Desarrollo de la Promoción de la Autonomía Personal, ya que como marca la Disposición Transitoria Primera, a partir del 1 de enero y durante todo el 2017 los 4 días de libre disposición que hace referencia el Articulo 52. b). tendrán la consideración de tiempo efectivo de trabajo.

Para resolver cualquier tipo de duda que te pueda surgir, ponte en contacto con nosotros  a través del 976 595 885 o del mail serviciospublicos@osta.es.