La Comisión Paritaria del Comercio metal de Zaragoza da la razón a A OSTA

Con la resolución de la Paritaria sobre la consulta realizada por OSTA, las empresas que no hayan abonado correctamente los salarios del año 2023, publicados en el Convenio colectivo del comercio metal de Zaragoza deberán abonar las diferencias correspondientes.

El pasado día 14 de mayo de 2025, se reunió la Comisión Paritaria del Convenio del comercio metal de la provincia de Zaragoza para contestar a una consulta realizada por OSTA.

La consulta trataba de la interpretación del artículo 12 del convenio por el que resulta el derecho al abono de los salarios establecidos en el Anexo I, cuyos salarios debían actualizarse en el 2023.

El Convenio colectivo del Comercio metal, para los años 2023-2024, fue publicado el 16 de mayo del año pasado. En él se establecían las subidas correspondientes a cada uno de los años (artículo 12.a) y b), estableciendo en el punto Tercero de dicho artículo el derecho al cobro de los atrasos por la aplicación de las correspondientes tablas salariales.

En este sentido, OSTA trasladó la consulta a la Comisión paritaria porque algunas empresas no estaban aplicando en el año 2023 las tablas publicadas en el Anexo I del citado Convenio. Esto suponía que había personas trabajadoras que no habían cobrado correctamente los salarios correspondientes al año 2023

Tras las deliberaciones correspondientes y una vez analizado el texto, la Comisión Paritaria determinó lo siguiente:

“Según indica el artículo 12 del convenio colectivo las tablas salariales que rigen con efectos 1 de enero de 2023, son las reflejadas en el convenio del os años 2023-2024, publicado el 16 de mayo de 2024 como anexo I.

En el caso de que no se hubieran aplicado desde el 1 de enero de 2023 las tablas definitivas para ese año, corresponderá el percibo de las diferencias, por el periodo de 1 de enero de 2023 a 31 de diciembre de 2023, tal y como establece el artículo 12 apartado Tercero del convenio”.

Con esta resolución, OSTA exigirá a todas aquellas empresas que están incumpliendo el Convenio Colectivo, el abono de dichas cantidades.

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